Fedea publica hoy una actualización del estudio S. Jiménez (UPF y Fedea), C. Belles (U. de Barcelona) y Han Ye (U. de Mannheim) en el que se aprovecha un experimento generado por una reforma de 1967 que modificó la edad de jubilación anticipada en España en función de la fecha en la que los individuos comenzaron a cotizar al sistema de seguridad social, endureciendo así el acceso a la misma para un subconjunto de cohortes. En particular, aquellos que comenzaron a cotizar antes del 1 de enero de 1967 podían jubilarse voluntariamente a partir de los 60 años, mientras que el resto (con algunas excepciones) tenían que esperar hasta los 65 años. La base de datos es un extenso archivo de datos administrativos sobre historiales laborales de individuos en las cohortes nacidas de 1935 a 1955 que la Seguridad Social ha hecho accesible a los investigadores a través de salas seguras y, recientemente, acceso remoto.
Los autores del estudio investigan los efectos de la citada reforma sobre la edad de salida del mercado de trabajo y los de esta última sobre la mortalidad en edades cercanas a la de jubilación. El estudio presta especial atención a cómo varían los efectos sobre la mortalidad dependiendo de las características de los puestos de trabajo y la flexibilidad de la jornada. Los resultados muestran que retrasar un año la salida del mercado laboral aumenta significativamente el riesgo de morir entre los 60 y los 69 años. El riesgo se concentra especialmente en los sectores y, especialmente, las ocupaciones físicamente más exigentes y las sujetas a un mayor nivel de estrés emocional y mental, y es mucho menor para los individuos que tienen acceso a mecanismos de jubilación parcial que les permiten reducir sus horas de trabajo a partir de determinada edad.
En base a estos resultados los autores calculan el coste o beneficio social de restringir o eliminar la opción jubilación anticipada y muestran que el impacto adverso sobre la esperanza de vida supera las ganancias fiscales. Efectivamente, utilizando el valor de un año de vida ajustado por calidad a los 60 años en España implícito en Vallejo et al (2018) encontramos que un aumento de 0,46 años en la edad al morir se traduce en una pérdida social valorable en 8.564 euros por individuo. Por otro lado, la reforma supone un retraso en la salida del mercado laboral que genera, en promedio, una aportación adicional al sistema de pensiones y unos ingresos fiscales de 1.925 euros. Además, debido a que la reforma conduce a una mortalidad temprana, ahorrando así a la seguridad social 3.228 euros por jubilado en beneficios de pensión. Como resultado, la Seguridad Social obtiene una ganancia fiscal de 5.213 euros gracias a la reforma.
En suma, los ahorros fiscales derivados del retraso en la jubilación y la reducción de la duración de los pagos de las pensiones no compensan la pérdida social asociada a la reducción de la esperanza de vida, lo que sugiere que la reforma no es económicamente beneficiosa en el contexto más amplio del bienestar social.
En un momento en el que la prolongación de las vidas laborales puede ser un instrumento imprescindible para garantizar la sostenibilidad de los sistemas de pensiones, los resultados del estudio apuntan a la necesidad de diseñar con cuidado los detalles de las políticas de jubilación, atendiendo a sus posibles efectos sobre la salud de los trabajadores. Es importante, en particular, tener en cuenta el grado de exigencia física, emocional y mental de las distintas ocupaciones a la hora de fijar las edades mínimas y legales de jubilación, que no pueden ser iguales para todos, así como introducir, con carácter general, mecanismos flexibles de jubilación anticipada y parcial que permitan a los trabajadores modular sus horas de trabajo en la parte final de su carrera laboral.